Los bosques de Madrid eran muy estimados desde tiempos remotos por reyes y nobleza por su abundante caza. Pero el Concejo tenía problemas para abastecer a la población. Desde el siglo xv, cuando los Reyes Católicos y su séquito llegaban a la villa, no sólo venían a cazar, sino a administrar justicia; tal era la afluencia de forasteros, visitantes, mercaderes, nobleza, que el Concejo tenía qué enviar emisarios a otras pueblos de la comarca para dar de comer a tanta gente, incluso ir a otras provincias, cosa que se generalizaría aún más al establecer la capital Felipe II en 1561.
Poner la capitalidad en un lugar situado en el centro de la península ibérica sería otro problema añadido. No tener cerca un puerto de mar o un gran río dificultaría aún más el abasto o el comercio a la villa.
1. ¿Quién controlaba el abasto de alimentos a Madrid y cómo estaba organizado?
Como decíamos antes la villa no era autosuficiente. La primera y más antigua institución con que cuenta Madrid que se encarga del abasto es el Concejo, y al frente del mismo, el corregidor (o regidor, que es el mismo cargo municipal). Durante el tiempo en que la Corte se desplazaba por los diferentes lugares donde debían impartir justicia o resolver conflictos, no se generaba problema entre los regidores y los Alcaldes reales, pero sí cuando la Corte se establece en Madrid de forma ya estable, por la dualidad de funcionarios encargados del abasto (Concejo y rey)
Antes del establecimiento de la Corte en 1561, el aprovisionamiento de todo tipo de alimentos dependía del Concejo (siendo los regidores u otros servidores municipales los que llevaban a cabo las compras) y también de particulares (estos para formar parte del negocio tenían que tener el visto bueno de los ediles, que supervisaban la mercancía, para comprobar que las cantidades que fueran a abastecer fueran suficientes y los precios justos (Alvar Ezquerra, 1989: 107).
Pero desde junio de 1561 el Concejo de Madrid ya sabe que la Corte va a instalarse en la ciudad, y el control y la autoridad de los abastecimientos sufrirán unos cambios, tanto en lo formal como en sus funcionarios, que a partir de entonces contará con el aumento de unos oficiales reales con potestades jurídicas, llamados desde el siglo xv Alcaldes del Rastro. Se les someterá a una reforma institucional, pasando a denominarse Alcaldes de Casa y Corte, en una evolución institucional poco clara (Alvar Ezquerra, 1989: 113).
Pero la subordinación de la ciudad a la Corona trajo cambios muy diversos, al convertirse en el centro urbano más grande de España, aunque no logró la categoría oficial de ciudad y siempre fue técnicamente una villa. Por tanto el Gobierno municipal de Madrid parece haber sido relegado a un tenue espacio intermedio en la jerarquía rey-Corte-capital, no como parte integral de la Corte y el gobierno del rey, sino como principal (detrás de los Cinco Gremios Mayores) de las muchas entidades corporativas que eran tratadas como subordinadas a la Corona y que componían la sociedad urbana de la capital. Ejemplo de ello, las entidades corporativas de la propia ciudad desde el gobierno municipal a los venteros y vendedores de aceite desfilaban ante el rey, le rendían homenaje reconociendo su soberanía (Juliá, 1994: 150-151).
2. ¿Qué era el repeso? ¿Quién lo controlaba?
El abastecimiento, y por tanto la entrada de productos alimenticios a la villa de Madrid, estaba fuertemente intervenido por las autoridades estatales. Desde tiempos de los Reyes Católicos daba grandes quebraderos de cabeza al Concejo y a la Corona. Eran los funcionarios municipales quienes controlaban el repeso
El modo en que se ejercía el intervencionismo era muy complejo. El pan que se hacía en las tahonas de la villa no era suficiente para abastecer a toda la población y se tuvo que ordenar que pueblos aledaños hicieran pan de más para traerlo a la ciudad. Se le llamaba el pan de registro, el pósito o lugar de almacén de cereales, las alhóndiga, los obligados (carne, aceite, pescado, tocino, velas).
Los obligados, como su nombre indica, estaban obligados a traer suministro a la ciudad. Eran unos proveedores que se presentaban a una puja organizada por el Concejo, el cual ponía unos requisitos y unas fechas de entrega, bajo multas si no se cumplía el compromiso (u obligaciones) de traer el producto en los tiempos establecidos y que el proveedor debía acatar, pues para eso había ofrecido su servicio.
Dio lugar a una gran cantidad de producción masiva de carnes (carnero, vaca, ovejas), y así todo el mundo se lucraba, sobre todo ricos terratenientes de la nobleza que poseían grandes cabañas de ganado en pueblos cercanos a Madrid, constituyéndose monopoliosfamiliares y también eclesiásticos (los monasterios eran poseedores de muchas cabezas de ganado) tanto para estos abastecedores u obligados, que se encargaban de surtir a la capital, y que eran intermediarios entre la nobleza terrateniente y el Concejo municipal, que regulaba a su vez la entrada del ganado a Madrid, vivo, y para ello debía de haber un control de estos por los funcionarios municipales.
No es difícil adivinar que quien comía en Madrid carne de vaca, carnero o disponía de aceite eran tan sólo los estamentos privilegiados, nobleza y clero, que a su vez estaban liberados de cargas fiscales; sólo pagaban impuestos o sisas en los alimentos el pueblo llano o pechero. Las sisas recaudadas en los productos del abasto iban a las arcas municipales o reales. Así que los menos desfavorecidos no sólo malcomían sino que encima pagaban muchos impuestos en productos tan básicos como la carne o el vino; el pan no tenía sisa, pero había diferentes calidades, que como es lógico el pan blanco era para los más ricos y pudientes, y el negro, para el pueblo llano o pechero (pecho: impuesto). El consumo en el siglo xvii dio un gran bajón para el pueblo llano, productos básicos fuertemente gravados, con una economía de subsistencia muy básica, algunos al tener en sus casas un pequeño huerto o corral salían adelante. El panorama era muy desalentador y la riqueza muy mal repartida, hay una gran cantidad de mendigos y muchos vivieron o malvivieron a cosa de las casas de caridad, que no es objeto del presente estudio.
El repeso[corría a cargo del Ayuntamiento, que disponía de unos funcionarios con autoridad para revisar el peso de los productos que entran para abastecer a la villa. La autoridad con mayor responsabilidad era la del regidor, que dirigía la actividad del abasto a través de unos alguaciles a su cargo, y que iban por los lugares de venta a revisar los pesos. A su vez el regidor y sus alguaciles debían de dar los informes a la Sala de los Alcaldes. La Sala de los Alcaldes no dependía del Concejo sino del Consejo Real, y estaba constituido bajo la autoridad de un Alcalde de Casa y Corte.
El repeso, lugar situado en la Plaza Mayor y foco principal del abasto, actuaba bajo esa autoridad como tribunal en la misma plaza del mercado, ante el que se hacen denuncias y puede imponer penas y multas recurribles en la Sala[3]. Los funcionarios del repeso iban ocupando por turno el cargo de semanero e igualmente los escribanos y alguaciles, por turno, iban rotando por los distintos repesos. La recaudación de multas se dedicaba por mitades a estos ministros, que los servían y a los pobres presos de la cárcel de Corte.